Laboral

Incompatibilidad de la IT con la prestación por riesgo durante el embarazo: te explicamos las novedades

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado la razón a las letradas de SATSE Lleida, en una sentencia en la que se confirma que la incapacidad temporal (IT) y la prestación de riesgo por embarazo no su excluyentes si se dan ciertas circunstancias. Te lo explicamos con más detalle en este artículo.

 El Real Decreto que regula este tipo de prestaciones establece que cuando una trabajadora se encuentra en situación de IT y solicita la prestación de riesgo por embarazo, no se le puede reconocer el subsidio hasta que no se extinga la baja por enfermedad. Pero, raíz de una sentencia del TSJC, se puede concluir que cuando una trabajadora gestante solicita la prestación por riesgo durante el embarazo y se le deniega, iniciando posteriormente un proceso de incapacidad temporal por enfermedad común, no se excluye el derecho a la prestación por riesgo durante el embarazo si se demuestra que existen riesgos específicos del puesto de trabajo para la salud de la gestante o del feto, y que el puesto de trabajo no es susceptible de adaptación.


El caso concreto


La afiliada que ha representado la asesoría jurídica de SATSE Lleida es una enfermera de urgencias en un centro de atención primaria que solicitó en la semana nuevo de gestación la prestación por riesgo durante el embarazo. La Mutua le denegó al valorar que no existía riesgo hasta la semana veintiocho. Pasados unos días la trabajadora cogió la baja por enfermedad común y en paralelo la unidad de prevención determinó que el trabajo que desarrollaba la enfermera suponía un claro riesgo por ella y el feto y que no era posible adaptar su lugar de trabajo.

Ahora, la sentencia establece que la Mutua tiene que abonar esta prestación desde la semana nuevo, puesto que la trabajadora cumple todos los requisitos para percibir la prestación por riesgo durante el embarazo. La sentencia también reconoce que las razones que llevaron a la baja por IT tienen una clara conexión con los riesgos evidentes para la salud de la gestante y el bebé derivados de un puesto de trabajo que no puede ser adaptado.

¿Cómo te afecta?


Si estás en una situación similar hace falta que valores diferentes cuestiones, como por ejemplo el momento en el que te denegaron la prestación, si fue anterior a tu baja por IT, si tu lugar de trabajo no se puede adaptar... entre otros.

Ante cualquier duda, el más recomendable es ponerte en contacto con los representantes de SATSE en tu centro que te asesorarán o, en caso de que fuera necesario, te redirigirán a los servicios jurídicos si eres afiliada.