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Las 20 horas de formación del III Convenio SISCAT también cuentan para formarse en docencia e investigación: un paso adelante por la profesión
28.01.26 | Catalunya
Un adelanto importante para todas aquellas enfermeras, matronas y fisioterapeutas que, a pesar de la carga asistencial y las dificultades del día a día, continúan comprometidas a crecer profesionalmente.
Dentro del marco del III Convenio Colectivo del SISCAT, el artículo 64.3 establece el derecho a disponer de 20 horas anuales de permiso retribuido para formación profesional vinculada a la actividad de la empresa. Aun así, en algunos centros se interpretaba este derecho de manera restrictiva, limitándolo solo a formación estrictamente asistencial. Y aquí es donde SATSE Catalunya puso el foco.
¿Qué defiende SATSE Catalunya?
En la última reunión, SATSE planteó a la Comisión Paritaria una lectura más ajustada a la realidad del trabajo enfermero actual: que la formación que genera derecho al permiso retribuido no puede quedar reducida solo a cursos asistenciales, sino que también tiene que incluir la formación que mejora las competencias docentes e investigadoras. Especialmente en centros que tienen actividad universitaria, prácticas de estudiantes, participación en investigación o proyectos de mejora.
"En palabras llanas: si una enfermera, matrona o fisioterapeuta del SISCAT hace un curso para mejorar su capacidad docente con estudiantes, o un curso para aprender a participar en proyectos de investigación de su centro, esto también tiene que contar dentro de las 20 horas de permiso retribuido" afirman desde el Sindicato.
"La profesión va más allá de la asistencia: formamos, investigamos, innovamos y contribuimos para hacer crecer el sistema sanitario" explican, y añaden que "exigir que toda la formación sea asistencial es una manera injusta de poner trabas a nuestro desarrollo profesional", comenta Miquel Oliveras, delegado de SATSE Tarragona y responsable de la Comisión paritaria del III Convenio SISCAT.
La respuesta de la Comisión Paritaria: un reconocimiento necesario
A la reunión, la Comisión Paritaria ha confirmado que la formación prevista en el artículo 64.3 puede ser asistencial, docente o investigadora, siempre que esté vinculada a la actividad del centro y cumpla los requisitos generales del Convenio.
Dedo de una manera práctica: si una enfermera del SISCAT quiere mejorar sus habilidades para hacer docencia, participar en investigación o adquirir conocimientos que el centro donde trabaja necesita, tiene derecho a hacerlo con permiso retribuido. Sin interpretaciones restrictivas. Sin obstáculos injustos.
Es una validación importante porque, a la práctica, da cobertura a muchas situaciones que hasta ahora generaban conflicto o denegaciones.
"Estamos cansadas de de que pidan excelencia profesional, pero después nos pongan palos a las ruedas para formarnos" explican desde el Sindicato. La formación no es un lujo: es imprescindible, un derecho de los trabajadores y una herramienta de dignidad profesional.
Hacemos valer nuestro derecho
Desde SATSE Catalunya animamos todas las enfermeras, matronas y fisioterapeutas del SISCAT a solicitar estas horas de formación, sean del ámbito asistencial, docente o investigador.
SATSE también se ha comprometido a "vigilar el cumplimiento de este criterio en todo el territorio". La Organización recuerda que ningún centro puede aplicar interpretaciones más restrictivas del que ha establecido la Comisión Paritaria.
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