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¿Qué permiso puedes solicitar para ir a votar en las elecciones del ICS?

Votar a las elecciones sindicales es tu derecho como profesional del ICS. Los estatutarios tienen derecho a pedir ciertos permisos retribuidos y no recuperables para poder ejercer el derecho en el voto, que dependerán de la ubicación de la mesa electoral y de la jornada que hagan. 

Es importante que conozcas el tiempo del que puedes disponer y no dejes pasar el momento de decidir sobre qué personas te representarán los próximos cuatro años.

 

MÁXIMO DE MEDIA HORA si la mesa donde tienes que votar…

►está en el mismo centro donde prestes tus servicios

MÁXIMO DE DOS HORAS si la mesa donde tienes que votar…

►está en un centro diferente de donde prestes tus servicios pero está en la misma localidad

MÁXIMO DE CUATRO HORAS si la mesa donde tienes que votar...

►está fuera de la localidad donde prestes tus servicios y haces jornada ordinaria 

HASTA DOS HORAS: si la mesa donde tienes que votar...

►está fuera de la localidad donde prestes tus servicios y tu jornada es inferior a la encomendera

El personal que ocupa plaza no homologada dispondrá del permiso correspondiente en el periodo de su jornada correspondiente a la atención domiciliaria.

 

¿Qué más tienes que tener en cuenta?

►Si tu jornada NO coincide total o parcialmente con el horario de votación no tendrás derecho al permiso

►Recuerda pedir el justificante, te lo podrán exigir en los casos que la mesa de votación esté fuera de tu centro.

foto urna